EE.UU. penaliza prestación de ayuda humanitaria a grupos que califica de terroristas

Voltairenet
Traducido por Manuel Cedeño Berrueta
16/07/10

A la Corte Suprema de Estados Unidos se le solicitó revisar la validez constitucional de la Ley Antiterrorismo y Pena de Muerte Efectiva de 1996.

Presentado por el presidente de la cámara de representantes, Newt Gingrich, el proyecto de ley fue aprobado por una abrumadora mayoría en respuesta al atentado de Oklahoma City y la ley fue promulgada con entusiasmo por el presidente Bill Clinton.

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Una de las cláusulas que establece que un sospechoso de terrorismo puede presentar solo una solicitud de recurso de habeas corpus (una protección contra encarcelamientos ilegales) fue duramente criticada. En su decisión Felker versus Turpin (1997), la Corte Suprema de Estados Unidos confirmó que la limitación no constituía violación del artículo 1, sección 9, párrafo 2 de la Constitución. Es cierto, por sí misma, no constituye una ampliación de la detención temporal, aunque después del rechazo de la primera apelación no existe ningún mecanismo para evitar que la detención temporal se convierta en permanente.

Otra estipulación de la ley objeto de comentarios adicionales es la que prohíbe la prestación voluntaria de apoyo de cualquier naturaleza (con la excepción de asistencia médica o servicios religiosos) a cualquier organización terrorista extranjera. A raíz de peticiones hechas por sucesivas administraciones (las de Clinton, Bush y Obama), en los últimos 12 años los tribunales han dictaminado que esto se aplica a una asociación que brindó asesoría jurídica al Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK) y a los Tigres Tamiles, aun cuando tal asesoría preveía una solución pacífica a los conflictos kurdo y tamil al presentar los casos ante las Naciones Unidas.En su decisión Holder versus Humanitarian Law Project (Holder contra el Proyecto de Ley Humanitaria), del 21 de junio de 2010, la Corte Suprema sostuvo:

Que los términos de la ley son suficientemente claros para garantizar que una persona en detención preventiva no tenga dudas en cuanto a lo que está prohibido;

Que esta prohibición no infringe la libertad de expresión de una persona, ya que nada impide a un individuo expresar su apoyo a la causa defendida por los terroristas;

Que esta prohibición tampoco viola su libertad de reunión ya que no prohíbe reunirse con terroristas o conversar con ellos.

Tradicionalmente, la Corte Suprema de los Estados Unidos tiene una visión puritana de la humanidad. Así como los puritanos prohíben ayudar a un pecador en peligro mientras no haya renunciado expresamente al pecado, la Corte prohíbe prestar asistencia a los terroristas, siempre que no hayan repudiado la actividad armada. En su opinión, quienes les prestan asistencia jurídica, educativa, cultural, social o de cualquier otra manera, les permiten conservar su energía para su compromiso con el mal.

Además, según la ley de Estados Unidos, una organización terrorista no es una organización que haya sido condenada por actos delictivos específicos, sino un grupo designado como tal por motivos políticos por el Departamento de Estado.

En consecuencia, todo tipo de actividad puede ser castigada como “terrorista” por los tribunales de EE.UU. Este es el caso, por ejemplo, del suministro de ayuda alimentaria de la ONU a Gaza si la distribuyen concejales locales que son miembros de Hamás.

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