España: Empresarios podrán despedir a sus trabajadores si alegan pérdidas en su compañía

Librered/Rebelión
31/07/10

Las empresas españolas con pérdidas o que prevean tenerlas, o aquellas cuyos ingresos caigan de forma persistente, podrán despedir trabajadores, de acuerdo con una de las enmiendas introducida al proyecto de Ley de la reforma laboral, aprobada este jueves por el gobernante Partido Socialista Obrero Español (PSOE).

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Así, el empresario español podrá despedir a trabajadores si alega que su compañía tiene pérdidas “actuales o previstas”, o hay una disminución persistente de los ingresos, que puedan afectar a su viabilidad.

Según la enmienda, los despidos podrían llevarse a cabo si la compañía justifica que esto “preservaría o favorecería” su posición competitiva en el mercado.

Además, el despido será procedente cuando un trabajador falte de forma intermitente al trabajo el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un período de doce meses, aun de manera justificada.

El PSOE también ha suprimido vía enmienda la propuesta para que los autónomos en paro que se queden sin ninguna prestación pública puedan percibir 425 euros durante seis meses, medida que fue aprobada en el Congreso el pasado día 21.

Por lo que respecta al contrato de fomento del empleo estable, se ha añadido que tendrá que ser el trabajador quien pruebe en los tribunales la improcedencia de la extinción de su contrato, cuando hasta ahora correspondía al empresario demostrar la procedencia de su decisión.

Ante el texto aprobado este jueves, los sindicatos mayoritarios, Comisiones Obreras (CCOO) y la Unión General de Trabajadores (UGT), han denunciado que se trata del “mayor ataque a los derechos laborales de los últimos 30 años” y han destacado que se ha llevado a cabo por un gobierno vendido a los intereses empresariales.

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