España: El joven que abusó de una adolescente queda eximido de la cárcel porque iba ebrio
La Nueva España
09/04/09
La sección segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a nueve meses de multa, a razón de cinco euros diarios (1.350 euros) al avilesino J. C. G. F., de 23 años, por abusar sexualmente de una adolescente de 15 años en el parque del Muelle en diciembre de 2004. La fiscalía, que inicialmente no consideraba los hechos como delictivos, decidió en la vista acusar al joven y solicitarle un año de prisión. La acusación particular, por su parte, pedía seis años de cárcel. Aunque el fallo, redactado por la magistrada Covadonga Vázquez Llorens, reconoce los abusos, aplica la eximente incompleta de embriaguez. Según la sentencia, la «juventud del acusado y su ausencia de antecedentes obligan al tribunal a imponer una pena de multa, que parece más adecuada que una de prisión».
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La sentencia recoge en buena parte los argumentos de la acusación, aunque varía en los puntos clave para indicar que, aunque el acusado no sufría un grado de intoxicación completa (puesto que fue capaz de identificarse ante la Policía Local), sí tenía afectadas sus capacidades y, más importante, «los frenos inhibitorios». La sentencia considera probado que el acusado encontró a la menor, a la que no conocía de nada, inconsciente en coma etílico en un banco, entre las siete y media y las ocho de la tarde del 4 de diciembre de 2004. Comenzó a manosearla con ánimo libidinoso, sin que mediara fuerza alguna, pero tampoco consentimiento por parte de la adolescente.
Más tarde, para apartarse de las miradas de las personas que se encontraban en el parque, la cogió en brazos y la llevó a otro banco, donde le quitó las medias y las bragas, la sentó a horcajadas sobre él y «empezó a restregar el pene contra la vagina de la menor», momento en el que fue sorprendido por una patrulla de la Policía Local, añade el fallo.
El tribunal no estima uno de los argumentos de la acusación particular, el que se produjese una penetración vestíbular, sin rotura de himen. Además, según la sección segunda de la Audiencia, aunque se encontró semen en las ropas de la menor, no se halló en su vagina, lo que invalida la tesis de que la penetrase o lo intentase siquiera.
La sentencia también condena al acusado al pago de 3.000 euros de indemnización, muy lejos de los 180.000 que solicitaba la acusación particular, ejercida por la joven, que ahora tiene 20 años y estuvo asesorada por el abogado avilesino Óscar González. Fuentes cercanas al caso indicaron que la víctima estudia recurrir la sentencia, por considerarla insuficiente. También la defensa, ejercida por el letrado Jesús Soriano, podría estudiar un recurso, puesto que en la vista solicitó la libre absolución.
En la vista del juicio fueron determinantes las declaraciones del hombre que contempló los hechos y que decidió avisar a la Policía Local, así como de los agentes que intervinieron, que en el juicio aseguraron haber visto al acusado realizar los movimientos propios del coito cuando llegaron al parque del Muelle.
El caso ha tardado tanto en verse en la Audiencia Provincial de Oviedo debido a que durante la instrucción fue sobreseído en dos ocasiones, al no presentar acusación del fiscal, que no consideraba que se hubiesen producido abusos sexuales.
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