Argentina - Salta: Multarían a vecinos que no coloquen la bandera

El Tribuno
13/03/10

Un proyecto de ordenanza para que sea obligatorio embanderar las casas, comercios y edificios públicos y privados en las zonas urbanas y rurales de San José de Metán fue presentado por los bloques justicialistas y por el Movimiento Popular Unido (MPU), en la sesión del jueves pasado del Concejo Deliberante.

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La iniciativa ya generó polémica en la segunda reunión del cuerpo porque contempla la imposición de multas para aquellos que no cumplan con la norma que fue girada para su análisis a la comisión de Legislación. Los justicialistas Raúl Quipildor y Félix Esper y el representante del MPU,

Esteban Espeche, destacaron en la sesión que la iniciativa se debe a la ausencia de nuestra bandera en las conmemoraciones de fechas patrias en nuestra ciudad y en zonas rurales.

"La bandera representa el sentimiento de nuestros patriotas que de una u otra forma han contribuido a conseguir la libertad y la independencia de nuestro pueblo", expuso el edil Quipildor ante sus pares.

El proyecto destaca a los próceres como San Martín, Manuel Belgrano y Martín Miguel de Güemes y a otros que con su lucha contra los invasores lograron que fechas como el 25 de Mayo, el 20 de Junio, el 9 de Julio y el 17 de Agosto sean consideradas históricas para nuestra patria.

"La bandera argentina es el símbolo que debe flamear en cada acontecimiento que representa a nuestra historia en todas las casas, comercios y edificios públicos y privados de nuestra ciudad y de cada rincón de nuestro suelo", remarcó el justicialista Quipildor.

Sanciones

El proyecto ordena la colocación del símbolo patrio en todos los lugares mencionados para conmemorar "la libertad, la creación de la bandera, la independencia y la muerte de Martín Miguel de Güemes".

Destaca que quedan exceptuadas las viviendas, comercios y edificios que se encuentren sin sus moradores o fuera de servicio. La polémica de la presentación gira en torno de que la iniciativa contempla que en caso de incumplimiento se faculta al departamento Ejecutivo municipal a cobrar una multa que consistirá en la entrega de alimentos no perecederos de parte de los propietarios responsables. Dicha mercadería sería donada a instituciones de bien público.

También establece comunicar a través de la prensa escrita, televisiva y radial sobre la ordenanza "para que la comunidad en general tome conciencia de la misma".

Ordena que los gastos que demande el cumplimento de la norma sean imputados a la cuenta rentas diversas del presupuesto en vigencia.

A comisión

Los nueve concejales que integran el cuerpo coincidieron en girar el proyecto para su análisis a la comisión de legislación.

"Es algo que hay que analizar en profundidad. Esta medida se implementó en otros países pero, por ejemplo, hay que establecer y precisar de cuánto será la multa consistente en la entrega de mercaderías", dijo el presidente del Concejo Deliberante, el renovador Luciano Leavy.

2 comentarios:

Encinar Administracion de Fincas dijo...

Interesante...

clicker dijo...

¡¡¡R E P U G N A N T E!!!!