Ampliación: (España) Despiden a una empleada en coma

Ángel Marín
ABC.es
07/10/08

"El despido de mi hija no tiene ninguna justificación y la actitud de la empresa es vergonzosa", denunció ayer Montserrat Casares, la madre de Sandra Tejero, que ha sido despedida mientras se encuentra hospitalizada y en estado de coma en la residencia de la Vall d´Hebrón de Barcelona. «No lo puedo entender, como madre estoy dolida y moralmente destrozada, igual que toda la familia», añadió la mujer tras asegurar que en septiembre comunicó el accidente que sufrió su hija a la empresa donde trabajaba, «El Punt del Peix», y que desde entonces ha entregado los partes de baja, tal y como marca la legislación laboral.

Sandra Tejero, de 30 años de edad, que desde hace dos años trabajaba en la pescadería de la calle Mayor, número 363, del barrio barcelonés de Sant Andreu, permanece en la UCI del hospital de la Vall d´Hebrón desde el pasado día 15 de septiembre tras sufrir un grave accidente de moto que le hundió tres costillas, le afectó al pulmón y le provocó una parada cardiorespiratoria. Los médicos informaron a la familia Tejero que Sandra podría quedar en estado vegetativo.

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Unos días más tarde del accidente de Sandra, la dirección del «El Punt del Peix», una cadena de tiendas de venta de pescado minorista que tiene la sede social en Palau Solità i Plegamans (Barcelona), envió una carta al domicilio de su empleada en la que le comunica su despido.La carta de despidoEn el texto de la carta de despido, la empresa justifica la decisión de rescindir, con fecha del 1 de octubre, el contrato fijo de Sandra por una falta disciplinaria y por causas especificadas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. Este artículo hace referencia al despido disciplinario y recoge entre las causas de incumplimiento contractual las faltas repetidas e injustificadas de asistencia y puntualidad, la desobediencia en el trabajo, un menor rendimiento o la transgresión de la buena fe, entre otras. No obstante, la misma empresa reconoce, en su misiva, la improcedencia del despido aludiendo al artículo 56 y, por ello, ofrece 938,8 euros en concepto de saldo y finiquito y 2.416.20 en concepto de indemnización.

En los 35 años de experiencia en asesoramiento laboral, los abogados del Colectivo Ronda, de Barcelona, no se habían encontrado con un caso parecido al de Sandra. «Es inmoral despedir a una trabajadora que está en coma», aseguró un portavoz del Colectivo. A su entender, la actitud de la dirección de la empresa «es especialmente grave y demuestra un menosprecio total por los derechos de la trabajadora que no sólo está de baja, motivo más que justificado para faltar al trabajo, si no porque además está hospitalizada y en coma».

José Antonio González, miembro de este Colectivo y abogado de la familia Tejero, puntualizó que en el transfondo del despido hay un motivo económico al considerar la empresa que no podría asumir el coste de la baja de su empleada que, dado su estado, podría ser larga. Añadió que solicitará la nulidad del despido y una indemnización por daños y perjuicios ante la «vulnerabilidad total» de Sandra.

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