Países del ALBA adoptarán medidas para interrumpir licencias de medicamentos en manos de los monopolios

Aporrea/Prensa MPPRE
09/09/10

Una nueva oportunidad de mejorar la calidad de vida de las personas en materia de salud, fue accionada por el gobierno de Ecuador al lograr interrumpir la licencia de un laboratorio privado para el tratamiento del Virus de Inmuno deficiencia Adquirida (VIH), cuyo procedimiento jurídico puede replicarse en los países miembros de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de América-Tratado de Comercio entre los Pueblos (ALBA-TCP).
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Así lo dijo Jesús Manuel Martínez, director nacional de propiedad industrial del Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual, quien participó en el Seminario Internacional de Patentes, Soberanía Tecnológica e Inteligencia Industrial.

"Estamos tratando que a través del la Alianza Bolivariana se difunda esta iniciativa. En Venezuela, la idea fue bien acogida por el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI), solo hay que establecer un marco comparativo entre las dos realidades de Ecuador y Venezuela para hacer una adaptación", afirmó.

Explicó que el gobierno del Ecuador en 2009, con la intervención del presidente Rafael Correa, emitió un decreto ejecutivo de interés público de los medicamentos para el tratamiento de enfermedades sensibles en el Ecuador.

La acción motivó al Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI) hacer un análisis y un estudio para garantizar el libre acceso a los medicamentos, y se cuestionaron "¿Cómo se puede cumplir con el libre acceso si los costos son demasiado altos?", dijo Martínez.

"Se hizo un análisis jurídico para ver cuáles mecanismos legales pudiesen disminuir el costo de los medicamentos para ampliar la cobertura y se determinó, que el método obligatorio para la patente de fármacos era la vía más adecuada para alcanzar el objetivo y garantizar el acceso a los medicamentos para todos los ecuatorianos y así reducir los precios".

La licencia obligatoria no busca tumbar el régimen de patente permanente, sostiene Martínez, sino que el orden jurídico -para este procedimiento- persigue interrumpir la exclusividad en el mercado al dueño de la patente y autoriza, a un tercero, competir con el titular.

El director del IEPI aseguró que se revisaron cada una de las normas nacional, internacional y andina con un sinnúmero de complementos adicionales de nuestro plan de desarrollo interno, además de la Carta de Constitución de los Derechos Humanos.

"El proceso duró un año desde la emisión del decreto y la elaboración de un instructivo para las personas interesadas en pedir un régimen de acceso obligatorio. La primera licencia se solicitó en enero de 2010 y fue concedida en el 14 de abril", destacó.

El medicamento que obtuvo la licencia obligatoria se denomina Kaletra prescrito para pacientes con VIH y el titular de la patente, es un laboratorio en los Estados Unidos.

El Estado no busca favorecer el beneficiario de la licencia obligatoria, sino la disminución de los precios. "Si a futuro el titular de la patente ofrece un costo menor del medicamento, será quien le venda al Estado y si el beneficiario de la licencia obligatoria es el que gana, los preciso serán la acción contraria. Lo que interesa es la reducción de los costos y garantizar una mayor cobertura para el acceso a los medicamentos", indicó.

Es importante destacar que la licencia obligatoria concedida es de carácter público no comercial, exclusivamente para la venta entre el beneficiario con el Estado. En el sector privado, el apoderado de la patente sigue vigente con todos los derechos de exclusividad.

El Seminario Internacional se realizó en Caracas y fue organizado por el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI).

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