La Asociación de Judíos de Irán: “La identidad de los judíos iraníes no es intercambiable con ningún precio”
IRNA
Teherán, Irán. IRNA. 11 de julio de 2007
El diputado de los judíos en el parlamento iraní (Majlis), junto al presidente de la Asociación de Judíos de Teherán enfatizaron:“La identidad de los judíos iraníes no se intercambia con dinero”.
Recientemente fue anunciado en algunos medios de comunicación que Israel había ofrecido el importe de 60.000 dólares a las familias judías iraníes a cambio de trasladarse a los territorios ocupados (de Palestina).
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El presidente de la Asociación de los Judíos de Teherán, Siamak Marreh Sedgh, junto al diputado del minoría judía del parlamento iraní, Maurice Mo´tamed, mediante una declaración conjunta, enfatizaron:“El colectivo judío de Irán es uno de los más antiguos pueblos de Irán, y la emigración de algunos judíos de Irán no ha sido un hecho aislado del conjunto de las emigraciones de otros iraníes”.
En la dicha declaración se hace énfasis en que el colectivo judío de Irán ama su pura y casta cultura, al igual que su identidad iraní, y las amenazas y los intentos de sobornos políticos no serán efectivos en este sentido.
Actualmente más de 30.000 judíos viven en Irán, y según la Constitución tienen libertad de culto.
Los judíos de Irán han preservados sus tradiciones y viven en este país desde hace 2.500 años, desde los tiempos de Ciro el Grande.
Según la Comisión de Judíos de Irán (CJI), en Irán hay 40 sinagogas de las cuales 23 están activas; Teherán, Shiraz e Isfahán son las ciudades que más judíos albergan.
Para poder realizar los ritos y fiestas religiosas, los judíos iraníes, ya sean estudiantes o trabajadores, gozan de un régimen jurídico especial de vacaciones. Los miembros de esta religión gozan de un escaño en el Parlamento iraní y tienen 14 días al año de vacaciones oficiales para la celebración de sus fiestas religiosas o étnicas, y, por supuesto, gozan de total libertad de culto.
Irán es único país que los judíos tienen un diputado en el Parlamento según Constitución.
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS MINORÍAS
Si consideramos que la democracia es el gobierno de una mayoría sobre una minoría, un simple vistazo al puzzle de las religiones y confesiones que forman la sociedad iraní mostrará que todas las decisiones de la población, desde el tipo de gobierno hasta los mismos valores de la sociedad, pasando por las leyes, la composición del Parlamento, la estructura del Poder Judicial y el sistema de enseñanza, todo, decíamos, se basará en la religión que profesa la mayoría, es decir, el Islam.
No obstante, el punto que aquí cabe reseñar es el derecho que se les otorgan a las minorías religiosas en el texto de la Constitución a tener representación parlamentaria, sin que para ello se les exija tener una población mínima. Según la Constitución, cada 300.000 personas se les asigna un escaño más a las minorías. Así, los zoroastrianos —seguidores de la antigua religión del Irán—, con una población de alrededor de 45.000 almas, los judíos, con unos 30.000, y los cristianos asirios de las Iglesia caldea, que son unos 40.000, cuentan cada uno con un diputado que defiende sus intereses. Los armenios, con una población de unos 350.000 creyentes, tienen dos representantes en la cámara, uno para el norte y otro para el sur. Vemos pues cómo no hay que tener una población mínima para tener derecho aunque sea a un solo diputado en la cámara.
No deja de llamar la atención—a pesar de las acusaciones que se lanzan contra un supuesto Irán “antisemita”— el diputado que representa a los judíos, siendo los seguidores de la Torá la minoría más minoritaria. Irán es el único país entre los musulmanes y entre todo el mundo cuya Constitución recoge de forma explícita y sin ambages que los judíos tienen derecho a un diputado en el Parlamento, por muy pocos que sean.
Por otro lado, la Constitución da total libertad de culto a dichas minorías, que además tienen sus escuelas en las que pueden educar a sus hijos según sus costumbres y su credo. La oficialidad de la que gozan estas religiones hace que judíos, cristianos y zoroastrianos tengan derecho también a “santificar sus fiestas” y, por ende, faltar en el trabajo en las jornadas festivas de su calendario religioso.
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