Confusión en las investigaciones sobre la flotilla

Thalif Deen
Asia Times Online
Traducido del inglés para Rebelión por Sinfo Fernández
19/06/10

Cuando dos paneles de investigación, en gran medida divergentes, se pongan a explorar los elementos que rodearon el reciente ataque israelí contra la flotilla de barcos que llevaba ayuda humanitaria a Gaza, una de los cuestiones objeto de litigio será la de la legalidad de abordar un barco a la fuerza en aguas internacionales.

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Las dos comisiones de investigación, una designada por Israel y otra que será nombrada por el Consejo para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, buscarán respuestas a una serie de cuestiones aún sin resolver que el ataque, que mató a nueve nacionales turcos y provocó indignación y condena en todo el mundo, sigue planteando.

¿Transgredió el asalto israelí el derecho internacional, violó la Carta de las Naciones Unidas e infringió la Convención sobre el Derecho del Mar? ¿Es legítimo el bloqueo naval que dura ya tres años de Israel, la potencia ocupante, contra Gaza?

John Quigley, profesor de derecho internacional en la Universidad del Estado de Ohio, dijo a Inter Press Service que es inadmisible que se aborde en alta mar un navío abanderado sin el consentimiento del estado al que pertenece la bandera. El estado en cuestión aquí era la Unión de las Comoras, dijo, y al parecer no se le consultó ni dio su consentimiento.

También declaró que, al parecer, el ejército israelí concedió que el abordaje israelí de la flotilla era ilegal bajo el derecho aplicable en tiempos de paz. Su único argumento a favor de la legalidad de los abordajes se basaba en el derecho de guerra. Pero aún así, dice Quigley, bajo el derecho de guerra, los abordajes no son legalmente válidos en virtud de un bloqueo naval.

En primer lugar, un bloqueo naval en alta mar se justifica para impedir que los barcos lleguen a las costas del enemigo. Aquí Israel controla la costa en cuestión –la de Gaza- sostuvo Quigley. “Por tanto, no hay base para detener navíos en alta mar”.

En segundo lugar, indicó, no se puede justificar un bloqueo naval cuando impone condiciones de extrema dureza sobre la población del territorio enemigo. En este caso, la población está sufriendo ya condiciones muy duras de vida a causa de las restricciones a la entrada de productos, y el bloqueo por mar es parte de esa política, añadió.

El lunes, Israel nombró a sus tres propios miembros de la “Comisión Pública Independiente”, todos ellos israelíes, junto con dos “observadores” internacionales, Lord David Trimble, Premio Nobel de la Paz de Irlanda, y el Brigadier General Ken Watkin, un ex auditor general del ejército canadiense.

El martes, Amnistía Internacional, en su sede londinense, rechazó tal “comisión independiente” por representar una farsa total. Según su mandato, la comisión no podrá acceder a los miembros del ejército israelí que estuvieron implicados en la planificación y ejecución de la operación militar. La única excepción será el jefe del estado mayor.
“Y no hay nada que indique que sus hallazgos o recomendaciones vayan a ser vinculantes”, según Malcolm Smart, director de AI para Oriente Medio y el Norte de África. Manifestó que el formato de la comisión nombrada por el gobierno israelí supone una decepción y representa otra oportunidad perdida.

“La comisión no parece ser ni independiente ni lo suficientemente transparente, a los dos observadores internacionales se les puede negar el acceso a información fundamental y los hallazgos de la comisión no podrán utilizarse para futuros procesamientos”, añadió Smart.
Dijo también que la creación de la comisión no debía distraer la atención del continuado bloqueo israelí contra Gaza, que Israel debe levantar de inmediato. “El cierre de Gaza por las autoridades israelíes constituye un castigo colectivo y viola claramente las obligaciones legales de Israel como potencia ocupante”, declaró Smart. [*]

El gobierno turco, que lideró la condena mundial del ataque israelí, criticó la comisión designada por el gobierno de Israel. “Israel no tiene autoridad para nombrar una comisión nacional para investigar un delito perpetrado en aguas internacionales”, manifestó en un comunicado publicado el martes por el ministerio turco de asuntos exteriores. “Es imposible que esa comisión investigue de forma imparcial, justa, transparente y creíble”.

En cambio, Turquía ha expresado un fuerte apoyo a la propuesta del secretario general de las Naciones Unidas Ban Ki-moon para que se forme una comisión internacional en la que se integren un ciudadano turco, uno israelí y tres expertos internacionales. Pero Israel ha rechazado esa propuesta.

En una reunión celebrada a primeros de junio, el Consejo de los Derechos Humanos adoptó una resolución por la que se llamaba a crear una “misión internacional e independiente de determinación de hechos que investigara las violaciones del derecho internacional consecuencia de los ataques israelíes contra la flotilla de buques que llevaban ayuda humanitaria”. Pero todavía no se ha nombrado a los integrantes de esa misión.

Kumar Chitty, un asesor jurídico y ex secretario general adjunto y registrador del Tribunal Internacional para el Derecho del Mar, dijo a IPS: “El problema de partida es que ni Israel ni Turquía son parte de la Convención del Derecho del Mar”. Por esa razón, dijo, ninguno de los dos puede invocar la Convención contra el otro.

Sin embargo, una parte no estatal en la Convención del Derecho del Mar puede alegar que la convención refleja el derecho consuetudinario internacional y actuar en función del mismo, como hace EEUU.

Bajo el derecho consuetudinario internacional, como la Convención sobre el Derecho del Mar recoge, señaló Chitty, todos los estados disfrutan de las libertades de alta mar. Esas libertades incluyen, en primer lugar, la libertad de navegación en alta mar y así se reconoce en los mares, constituyendo una zona exclusivamente económica (200 millas náuticas desde la costa, a partir de la zona de mar territorial)
“El derecho a imponer un bloqueo naval no se deriva de la Convención del Derecho del Mar sino de las Leyes de los Conflictos Armados, como parte del derecho consuetudinario internacional”, añadió. Pero hay condiciones previas a su aplicación, dijo Chitty, un ex oficial jurídico principal de la División para Asuntos Oceánicos y Derecho del Mar de la Oficina de Asuntos Legales de las Naciones Unidas.

“Esto se refleja en la Carta de las Naciones Unidas [artículo 42]”, añadió. Además, se aceptan ciertas prácticas navales que se aplican.
Bajo las Leyes de los Conflictos Armados, una parte estatal en un conflicto armado tiene derecho a establecer un bloqueo naval sobre la costa de su enemigo por razones de seguridad.

Un bloqueo naval significa que se impide el paso (entrada o salida) de todos los navíos hacia o desde los puertos y zonas costeras del enemigo, cualquiera que sea la carga que esos buques transporten. La Convención del Derecho del Mar no se ocupa de los bloqueos navales ni del uso de la fuerza, dijo Chitty.

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